Ahora, desde el pasado año:
- Los mexicanos en el exterior podrán participar para elegir Presidente de la República, Senadores. Gobernadores y Jefe de Gobierno del Distrito Federal, siempre que así lo determinen las Constituciones locales.
- Se faculta al Instituto Nacional Electoral (INE) para expedir la credencial para votar en embajadas y consulados en el extranjero, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores.
- La inscripción en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero y el ejercicio del voto podrá realizarse por correo postal, mediante entrega personal de la solicitud de inscripción o boleta electoral en los módulos que se instalen en embajadas o consulados, y por vía electrónica.
El pasado 30 de junio de 2015, la Comisión Nacional de Vigilancia del Registro Federal de Electores, aprobó los medios de identificación para obtener la Credencial para Votar con Fotografía en el extranjero. Siendo los medios antes mencionados los siguientes:
- Un documento que acredite la nacionalidad
- Una identificación con fotografía; y,
- Un comprobante de domicilio.
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